LE CONSEGUIREMOS LA MEJOR PENSION POSIBLE ACORDE A SUS CIRCUNSTANCIAS E INTERESES.
Un asesor previsional registrado cotiza en Scomp.
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PENSIÓN POR VEJEZ
¿Pensión de vejez que es?
Es el derecho que tienen los afiliados al Sistema de Pensiones a obtener la opción de jubilar, una vez que hayan cumplido con la edad legal requerida: 65 años para los hombres y 60 años las mujeres.
La pensión de jubilación se logra con el capital que construyes durante tu vida laboral por cotizaciones obligatorias fortalecidas por cotizaciones voluntarias, de tal manera que cuando decidas jubilar sea con un monto sólido, que permita sustentar una pensión de vejez acorde a tus expectativas.
Para los que no han podido ahorrar lo suficiente el Estado le otorga o le complementa su jubilación con la pensión garantizada universal PGU.
JUBILACIÓN ANTICIPADA
¿Cuáles son los requisitos?
Para jubilarse en forma anticipada por vejez antes de la edad legal, se requiere:
· Obtener una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, calculado según lo dispuesto en el artículo 63, y
· Obtener una pensión igual o superior a UF.12 doce Unidades de Fomento. Para este requisito hay que tener ahorrado el capital AFP suficiente incluyendo cotizaciones APV AFC y depósitos convenidos. El primer requisito se puede cumplir con diez años sin cotizaciones y el segundo con el capital ahorrado autosuficiente.
Una jubilación anticipada es difícil de conseguir porque sus requisitos son altos. Para mas detalles busque en Internet por "requisitos jubilación anticipada maspension"
PENSIÓN POR INVALIDEZ
¿Pensión de invalidez que es?
Es una jubilación expresada en una cantidad de dinero que reciben mensualmente aquellos afiliados al sistema, que sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo, a consecuencia de una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, declarados inválidos por un Dictamen o Resolución de las Comisiones Médicas.
Invalidez total: La pensión mensual equivale al 70% del promedio imponible de los diez últimos años, que es similar a la pensión de referencia.
Invalidez parcial: Esta jubilación transitoria por tres años, corresponde a una renta mensual equivalente al 50% del promedio imponible de los diez últimos años.
La pensión de invalidez por enfermedad o accidente es uno de los beneficios del sistema previsional chileno incrementada gracias al Seguro AFP que tiene cobertura hasta los 65 años.
PENSIÓN SOBREVIVENCIA POR VIUDEZ
¿Pensión de sobrevivencia que es?
Es el derecho que tienen los familiares parientes directos, cónyuge, hijos y la madre de hijos/as de filiación no matrimonial, a recibir una pensión mensual, cuando una persona afiliada al sistema de AFP fallece, estando activa o pensionada, acorde a ciertas disposiciones y requisitos.
Los porcentajes correspondientes de la pensión de sobrevivencia para los beneficiarios legales se obtienen desde la pensión de referencia. El seguro de invalidez y sobrevivencia que se paga en cada cotización AFP, también puede contribuir con un aporte de capital para obtener la pensión de referencia, si la persona que falleció estaba cotizando.
La pensión de referencia equivale a una renta equivalente al 70% del promedio imponible de los diez últimos años, que es de donde se obtienen los porcentajes de pensión de sobrevivencia.
Es importante mantener las cotizaciones previsionales de un afiliado enfermo que va a fallecer, para conseguir una mejor jubilación por viudez.
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